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En esta reforma, por fin se ultima cómo será el carné por puntos. Además, se da una fecha límite para su entrada en vigor: el 20 de julio de 2006. Sin embargo, todavía le queda un largo periplo. Hay que aprobar el reglamento que lo desarrolle y Tráfico deberá modificar todo su sistema informático para poder controlar los puntos de cada conductor.
Para AEA, se trata de una licencia “typical spanish”, ya que se han dejado a un lado modelos que funcionan con éxito en otros países europeos. Según esta asociación, “la Administración no ha informado a los usuarios suficientemente de la ley del carné por puntos”. En su opinión, “deberían haber informado más ampliamente y no haber esperado a que todo el mundo estuviera de vacaciones para la entrada en vigor de una importantísima norma”.
Como ya se sabe, todos partiremos con un total de 12 puntos (excepto los conductores con menos de 3 años de licencia, que sólo tendrán 8). Se establece que no se pueden perder más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurrran algunas de las infracciones consideradas muy graves. En ese caso, se quitará el número total de puntos que corresponda.
Puedes recuperar todo el “crédito” si estás 2 años sin cometer más infracciones. Cuando hayas sido multado por faltas “muy graves”, tendrás que esperar 3 años para volver a los 12 puntos. “Por buena conducta” (no haber recibido sanciones durante los tres primeros años), te recompensarán con 2 puntos extra. En total, puedes hacerte con 15 puntos.
Las quitapuntos
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| Te quitan
6 puntos si... |
conduces con una tasa de alcohol superior a 0,50
mg/l aire espirado |
| conduces bajo los efectos de estupefacientes, piscotrópicos,
estimulantes, etc |
| no te sometes a las pruebas de alcoholemia o a los tests
antidrogas |
| conduces de forma temeraria, circulas en sentido contrario
o participas en carreras ilegales |
| sobrepasas en un 50 por ciento el límite de velocidad y vas
30 km/h por encima de lo permitido |
| se excede en un 50 por ciento los tiempos de conducción
en el caso de conductores profesionales. |
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| Te quitan
4 puntos si... |
conduces con una tasa de alcohol superior a 0,25
hasta 0,5 mg/l aire espirado |
| circulas por autopistas o autovías con vehículos
que lo tengan prohibido |
| conduces un vehículo con una ocupación excesiva
(50 por ciento o más el número de plazas permitidas) |
| conduces sin permiso |
| arrojas a la vía objetos que puedan provocar incendios
o accidentes |
| conduces de forma negligente |
| excedes los límites de velocidad en más de 40 km/h |
| incumples la prioridad de paso, las señales de
stop o las luces rojas de los semáforos |
| realizas adelantamientos prohibidos que pongan en peligro o entorpezcan
la circulación. |
| efectúas adelantamientos que pongan en peligro o entorpezcan a ciclistas. |
| realizas la maniobra de marcha atrás en autovías
o autopistas. |
| dificultas el adelantamiento a otros vehículos. |
| no respetas las señales de los agentes que regulan
la circulación. |
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| Te quitan
3 puntos si... |
excedes los límites de velocidad entre 30 km/h y 40 km/h más de lo permitido. |
| realizas un cambio de sentido prohibido. |
| no mantienes la distancia de seguridad. |
| utilizas teléfonos móviles, auriculares... |
| no utilizas el cinturón de seguridad, el casco
y otros dispositivos de seguridad establecidos. |
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| Te quitan
2 puntos si... |
excedes los límites de velocidad entre 20 km/h hasta 30 km/h más de lo permitido. |
| paras o estacionas en curvas, cambios de rasante, túneles...
y otros lugares peligrosos |
| paras o estacionas en los carriles reservados para el transporte
público urbano. |
| llevas detectores de radares o mecanismos encaminados
a eludir la vigilancia de los agentes. |
| circulas sin alumbrado o éste no está ajustado correctamente. |
| circulas en moto con pasajeros menores de 12 años. |
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