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La sección séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años al artista por un delito de homicidio imprudente y a otro más por omisión del deber de socorro. Además, Farruquito deberá indemnizar con 102.483 euros a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, y con 16.550 a los padres del fallecido, Benjamín Olalla.
Esta nueva sentencia modifica la dictada en mayo de 2005 por el juzgado de lo penal número 8 de la capital hispalense, que condenó al artista a 16 meses de prisión por los mismos hechos
El de Farruquito no es un caso aislado. No obstante, ha tenido gran trascendencia mediática debido, principalmente, a que es un personaje conocido. Atropelló a un hombre, Benjamín Olalla, el 30 de septiembre de 2003 y, además, se dio a la fuga sin asistir a la victima. No llevaba carnet de conducir ni seguro. Por este delito, la sentencia del juzgado penal número 8 de Sevilla impuso a “Farruquito” dos penas de 8 meses de prisión y le aplicó los atenuantes de confesión e indemnización (102.483 euros a la viuda y 8.275 euros a cada uno de sus padres) para rebajar la pena de los cuatro años y un mes que había pedido el fiscal desde el primer momento.
Satisfacción entre las víctimas
La Asociación de Víctimas de Accidentes (DIA) ha mostrado su "satisfacción" por el aumento de la pena condenatoria a Farruquito pues "ofrece más seguridad jurídica a los ciudadanos" y "coacciona a los infractores". Según el presidente de DIA, Francisco Canes, la sentencia "debe servir de ejemplo a otros muchos jueces y fiscales que en situaciones similares se limitan a dejar que las partes acuerden una indemnización y no aplican penas que se correspondan con el daño causado".
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