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¿Quién es un conductor “profesional”? La DGT ha elaborado una definición para que no haya malos entendidos: es toda persona provista de la corresponidente autorización administrativa para conducir, cuya actividad laboral principal sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas. Esto se acreditará mediante certificación de la empresa (o una declaración propia si se trata de un autónomo) y documentación acreditativa de la cotización a la Seguridad Social.
Al final, y a pesar de sus reivindicaciones, no tendrán más puntos que el resto de los conductores: partirán con 12 puntos. Sin embargo, la Administración sí les permitirá recuperarlos
con mayor facilidad. Exactamente, tendrán que esperar la mitad que el resto de los conductores: podrán realizar un curso para la recuperación parcial de 4 puntos cada año (el resto, cada dos años) y sólo tendrán que transcurrir 3 meses para que recuperen el carnet en caso de pérdida (el resto, 6 meses).
Sólo hay una
infracción “quitapuntos” especialmente pensada para ellos: se castiga con seis puntos el exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
Además, como ocurre con los
noveles, tienen una tasa de alcoholemia menor: 0,30 mg/l de aire espirado.
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Y tú, ¿qué opinas?
¿Se ha elaborado con prisas? ¿Salvará vidas? ¿Sólo es una medida cara a la galería? ¿Están bien reguladas las penas?
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Conversación
carnet por puntos
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